Los empresarios están tan acostumbrados a jugar con ventaja que cuando se les obliga a respetar el derecho de defensa del trabajador, se quejan. Pues que se vayan preparando, ya que el Tribunal Supremo se pronunció sobre los despidos improcedentes y publicó hace menos de un año, una sentencia que les desmonta la fiesta: a partir de ahora, antes de echarte por la vía disciplinaria, tienen que darte audiencia previa. Es decir, deben escucharte antes de decidir despedirte.
Sí, has leído bien. Ya no vale eso de entregarte una carta con cuatro acusaciones inventadas o distorsionadas y despedirte sin más. No. La empresa está obligada a darte la oportunidad de defenderte antes de ejecutar la decisión. Y si no lo hace, el despido puede ser declarado improcedente, e incluso, en algunos casos, nulo. Porque esta vez no lo dice solo la lógica, lo dice el Tribunal Supremo (STS 18/11/2024, Rec. 4735/2023).
¿Qué significa esto?
Significa que, el empresario no puede actuar como si la empresa fuera su cortijo privado. Que, si piensa que has cometido una falta muy grave como para echarte a la calle sin indemnización, primero tiene que darte la palabra. Y no en un juicio, ni en el SMAC, ni con abogados. Tiene que escucharte él mismo, antes de decidir despedirte.
Este cambio de doctrina viene dado por la aplicación directa del Convenio 158 de la OIT, ratificado por España desde 1986. Su artículo 7 establece que, no se puede terminar un contrato por motivos disciplinarios sin haber dado previamente al trabajador la posibilidad de defenderse.
¿Y por qué esto es una bomba para las empresas?
Porque rompe con la doctrina de hace 30 años que decía que esto del «derecho de audiencia previa» era solo un formalismo que no hacía falta. Y ahora el Supremo dice que no, que sí hace falta, que es una obligación real y exigible. Que ya está bien de trampas.
¿Y sabes qué pasa si no lo cumplen? Los despidos improcedentes, están viciados de origen. ¿Te imaginas cuántos despidos se hacen en caliente, con cartas redactadas sin ni siquiera hablar contigo antes? Pues a partir de ahora, todos esos serán pólvora para demandar.
¿Qué tiene que hacer la empresa a partir de ahora?
Antes de entregarte la carta de despido disciplinario, tiene que darte una audiencia. Eso puede hacerse en una reunión formal, grabada, con un testigo o de forma documentada. Lo importante es que tú sepas de qué se te acusa y puedas dar tu versión de los hechos. Que te den voz, y que esa voz pueda cambiar la decisión si lo que cuentas tiene sentido.
Y no, no vale que ya tengas la carta redactada y la audiencia sea un paripé. La audiencia tiene que ser previa a la decisión. Si la empresa ya ha firmado tu despido antes de escucharte, entonces no ha cumplido con el deber legal.

¿Hay excepciones?
Sí. El mismo artículo 7 del Convenio OIT dice que si no es razonable pedir esa audiencia por cuestiones excepcionales, puede omitirse. Por ejemplo: si estás acusado de agresión a otro compañero y mantenerte en el centro de trabajo un minuto más, es un riesgo. O si has manipulado información sensible y hay riesgo para el patrimonio empresarial.
Pero cuidado: esa excepción tiene que justificarse. No vale con decir «era urgente». El empresario tendrá que demostrar por qué no podía darte audiencia previa. Incluso, como dice el Tribunal Supremo, en esos casos podría haberte mandado a casa con permiso retribuido y luego darte la audiencia. Pero eso de quitarse el problema de encima con una carta y sin escucharte ya no cuela.
¿Qué puedes hacer tú como trabajador ante un despido improcedente?
Si te despiden sin haberte dado audiencia previa, eso ya es un punto débil en el despido. Cuando vayas al juicio o al SMAC, tu abogado podrá usarlo como argumento para anular o tumbar la medida. Porque el Supremo ha dejado claro que la audiencia previa no es un formalismo, es un derecho. Y como todo derecho vulnerado, tiene consecuencias.
Imagina esta escena: te acusan de haber llegado tarde tres veces. En lugar de hablar contigo para ver qué ha pasado, si fue por motivos justificados, si había errores en el registro, te dan la carta directamente. Ni reunión, ni explicación, ni defensa. Pues eso, con la nueva doctrina, es ilegal. Porque incluso si llegaste tarde, tenías derecho a explicar tu situación antes de que te echaran.
¿Y si ya te han despedido sin audiencia previa?
Si tienes un despido improcedente sin preaviso, tranquilo. Esta sentencia se puede aplicar a todos los despidos a partir de su publicación. Si te han despedido después del 18 de noviembre de 2024 y no te dieron audiencia previa, puedes utilizar esta nueva doctrina para impugnar el despido. Habla con tu abogado, y que revise bien las fechas y las formas.
Resumen de los despidos improcedentes
Si te despiden por causas disciplinarias, ahora con mayor razón tienen que escucharte antes. No eres un mueble ni eres una máquina. Eres una persona con derecho a ser escuchada antes de que te destruyan profesionalmente y caer en los despidos improcedentes.
Y si no lo hacen, ahora tienes una sentencia del Supremo que te respalda. Porque en MAXIMIZAMOS, lo decimos claro: los despidos mal intencionados deben pagarse. Y con esta sentencia, se van a pagar caros.