Accidente por circular con luces apagadas de noche: ¿Hay indemnización?

por | May 8, 2026

La Dirección General de Tráfico (DGT) y la Ley de Tráfico y Seguridad Vial vigente en 2026 sancionan circular con luces apagadas de noche, en túneles o con condiciones meteorológicas adversas como lluvia intensa o niebla. La multa asciende a 200 euros (consultar actualización de costo de multa en su página web).

Pero más allá de la sanción económica, circular con luces apagadas multiplica el riesgo de colisiones graves, especialmente en carreteras convencionales y tramos sin iluminación pública. La peor consecuencia no es la multa, sino provocar un accidente con heridos o víctimas mortales, donde la responsabilidad civil recae sobre el conductor infractor.

¿Cómo demostrar que el otro conductor iba circulando con luces apagadas en el momento del accidente?

Demostrar esta negligencia por el mal uso de las luces no siempre es fácil, pero es el pilar de tu reclamación. Estos son los pasos que recomiendan los abogados especialistas en siniestros viales:

  1. Atestado policial: solicita que el agente refleje expresamente que el vehículo implicado circulaba con luces apagadas (comprobable in situ).
  2. Testigos presenciales: anota nombres, DNI y teléfono de quien viera las luces apagadas antes del impacto.
  3. Pruebas multimedia: fotos o vídeos del estado de las luces del otro vehículo justo después del accidente.
  4. Pernocta y peritaje: un informe pericial puede determinar si el sistema de iluminación falló por mantenimiento deficiente o por olvido del conductor.

En 2026, los tribunales están dando cada vez más valor a las grabaciones de dashcams y a los datos de la caja negra del vehículo (EDR). Si el coche del infractor registra que se originó el siniestro por conducir de noche con las luces apagadas, es prueba casi definitiva. Muchas aseguradoras lo ignoran al principio, pero un abogado con experiencia puede solicitar ese informe antes de que se borre.

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Tabla comparativa: ¿Cuándo la culpa es 100% del conductor que circulaba con luces apagadas?

SituaciónResponsabilidadPosibilidad de indemnización íntegra
Conductor A circula con luces apagadas de noche y choca por alcance a Conductor B que iba con luces reglamentarias100% Conductor ASí, para Conductor B
Conductor A circula con luces apagadas pero Conductor B iba ebrio (tasas > 0,60 mg/l)Concurrencia de culpas (ej. 70% A / 30% B)Parcial, según %
Conductor A circula con luces apagadas y está detenido en el arcén sin luces de posición. Conductor B, a velocidad excesiva, lo embisteConcurrencia (aprox. 50% - 50%)Parcial
Ciclista circula con luces apagadas de noche y atropella a un peatón100% ciclistaSí, para el peatón

¿Qué dice la Ley de Tráfico en 2026 sobre circular con luces apagadas?

El Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley de Tráfico y Seguridad Vial), actualizado en 2025, mantiene la obligatoriedad de usar alumbrado de cruce o carretera:

  • Desde el anochecer hasta el amanecer (horarios variables según época del año).
  • En túneles, pasos inferiores y tramos con señalización de obligación de luz corta.
  • En condiciones meteorológicas o ambientales que reduzcan la visibilidad a menos de 200 metros (lluvia intensa, niebla, nieve, humo).

Infracción grave: la multa por ir sin luces de noche es de 200 € (reiteramos consultar la respectiva actualización de multa en su página web) sin puntos, pero el baremo de 2026 contempla agravante si el infractor causa un accidente con lesiones graves.

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¿Cómo reclamar tu indemnización paso a paso?

Si eres víctima de un accidente provocado por alguien que circulaba con luces apagadas, sigue estos pasos:

  1. Acude a urgencias en las primeras 72 horas (aunque no sientas dolor inmediato).
  2. Conserva el atestado policial y solicita copia.
  3. No firmes ningún acuerdo con la aseguradora contraria sin asesoría legal.
  4. Contacta con un abogado especialista en accidentes de tráfico (preferiblemente con experiencia en reclamaciones por infracciones de iluminación).
  5. Reclamación extrajudicial a la compañía del infractor (plazo: 6 meses desde el siniestro).
  6. Vía judicial si la aseguradora niega la responsabilidad o se acoge a concurrencia de culpas.

Circular con luces apagadas de noche no solo es una infracción de 200 euros, sino que multiplica el riesgo de provocar un accidente grave. Si eres víctima de un siniestro donde el otro conductor circulaba con luces apagadas, contacta cuanto antes con nuestros abogados especialistas en accidentes de tráfico. En MAXIMIZAMOS te ofrecemos toda la asesoría necesaria y adaptada a tus necesidades.

Con ayuda legal podrás reclamar la indemnización que te corresponde y demostrar la responsabilidad del conductor culpable.

¿Tienes dudas? Déjanos aquí tu consulta gratis y sin compromiso.

Preguntas frecuentes

Si aún tienes más interrogantes acerca de cómo reclamar por un accidente, por circular con luces apagadas en la noche, te dejamos estas preguntas más comunes:

¿Puedo reclamar si yo también cometí una infracción pero el otro circulaba con luces apagadas?

Sí, pero la indemnización se reducirá en el porcentaje de culpa que te asigne el juez o el perito. Se llama “concurrencia de culpas”.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

1 año desde el accidente si es vía judicial civil. 6 meses para la vía extrajudicial ante la aseguradora.

¿Qué pasa si el conductor huye y no se le identifica?

Debes acudir al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Si la huida impide probar que circulaba con luces apagadas, el CCS solo cubrirá daños personales hasta ciertos límites.

¿El simple hecho de circular con luces apagadas implica automáticamente su culpa total?

No. El juez evaluará si la falta de iluminación fue causa eficiente del accidente. Si el otro conductor pudo evitar el choque con una conducción atenta, puede haber reducción de responsabilidad.

¿Necesito abogado sí o sí?

Para cuantías elevadas (lesiones graves, invalidez, fallecimiento), sí. Las aseguradoras suelen ofrecer indemnizaciones bajas en estos casos si no hay representación legal.

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