La ayuda de tercera persona es una compensación otorgada cuando una persona lesionada necesita asistencia continua, debido a secuelas que afectan su autonomía personal. Esta ayuda se evalúa basándose en el tiempo diario necesario y se detalla en dos tablas específicas.
La necesidad de asistencia personal es una realidad para muchas personas en España, especialmente para aquellas con discapacidades o enfermedades crónicas que limitan su autonomía. La figura del cuidador o ayuda de tercera persona juega un papel fundamental en la vida de estos individuos “discapacitados”, permitiéndoles desarrollar sus actividades diarias y mejorar su calidad de vida.
Tablas de evaluación
Para estos casos en particulares, de ayuda de tercera persona, aplican las siguientes tablas:
Tabla 2.C.2: enumera las secuelas y las horas diarias de asistencia necesarias.
Ejemplo: Juan necesita 4 horas diarias de ayuda para alimentarse y asearse. Si tiene otra secuela que requiere 2 horas adicionales, se sumará el 50% de estas horas a las 4 horas principales, resultando en 5 horas de asistencia diaria.
Tabla 2.C.3: establece el valor económico de las horas de asistencia según la edad del perjudicado.
Ejemplo: María, de 75 años, necesita 6 horas diarias de ayuda. El valor económico de esta asistencia se calcula según su edad, reflejando las diferencias en los costos de atención.
Cálculo de horas de asistencia
Para poder obtener una buena valuación y cantidad justa para la ayuda de tercera persona, se toma en cuenta las horas de asistencianecesarias.
Secuelas hasta 6 horas: se suma el 50% de las horas adicionales a las horas de la secuela mayor.
Ejemplo: Juan necesita 4 horas diarias por una secuela principal y tiene otra secuela que requiere 2 horas. Se sumará 1 hora (50% de 2 horas) a las 4 horas, resultando en 5 horas diarias.
Secuelas más de 6 horas: se suma el 25% de las horas adicionales a las horas de la secuela mayor.
Ejemplo: María necesita 7 horas diarias por una secuela principal y otra secuela requiere 4 horas. Se sumará 1 hora (25% de 4 horas) a las 7 horas, resultando en 8 horas diarias.
Penosidad a partir de los 50 años
No olvidar que, a partir de los 50 años del lesionado, se presume que se produce un incremento de la penosidad, en la necesidad de ayuda de la tercera persona y se incrementa la cuantía de la indemnización; estableciéndose un factor corrector en función de la edad:
- De 50 a 60 años: Factor corrector de 1.10
- De 60 a 70 años: Factor corrector de 1.15
- A partir de 70 años: Factor corrector de 1.30
Ejemplo práctico
Un paciente tetrapléjico requiere 16 horas diarias de asistencia, según la Tabla 2.C.2. En 2024, esto equivale a una indemnización de 683,534.29 euros. Dado que el paciente tiene 52 años, se aplica un factor corrector del 10%, incrementando la indemnización a 751,887.72 euros.
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Conclusión sobre la ayuda de tercera persona
Ante la duda en estos casos, lo mejor es consultar con abogados expertos en reclamaciones que pueda orientar a la tercera persona dependiente y/o familiares en estos temas.
La ayuda de tercera persona en España, aunque esté sujeta a cambios normativos y limitaciones presupuestarias, sigue siendo un pilar fundamental para garantizar la autonomía y calidad de vida de miles de ciudadanos con discapacidad o minusvalía. A pesar de la supresión del subsidio específico, la necesidad de asistencia sigue latente y se abordan a través de diversas prestaciones y servicios sociales.