Enfermedades profesionales: cuando el trabajo te enferma, pero nadie quiere pagar

por | Oct 9, 2025

¿Sabías que hay un listado enfermedades profesionales? Sí, y hay trabajos que desgastan mucho la salud. Literalmente, y no hablamos de que te canses o llegues agotado a casa. Hablamos de que te destrozan los pulmones, las articulaciones, la espalda, la piel, la vista, o la salud mental. Y lo peor: muchas veces, ese desgaste tiene un nombre, una causa directa y una ley que lo reconoce como lo que es: una enfermedad profesional.

Pero ¿Qué es una enfermedad profesional exactamente?

La ley la define como toda enfermedad que aparece como consecuencia directa del trabajo que realizas. Es decir, no es lo mismo pillar una gripe (que te puede pasar en cualquier lado) que desarrollar una lumbalgia crónica porque llevas diez años levantando sacos de cemento. O dañarte la piel con productos químicos. O acabar con ansiedad porque vives presionado en un entorno laboral tóxico.

Para que sea reconocida como profesional debe estar incluida en el cuadro de enfermedades profesionales del sistema de la Seguridad Social y, además, debe probarse el vínculo con la actividad laboral. Si encaja, entonces tienes derecho a un reconocimiento médico, una baja especial y, si quedan secuelas, a consultas de derecho laboral por indemnizaciones o pensiones.

¿Quién paga y quién lo sufre?

Una vez reconocida, la prestación por enfermedad profesional la paga la mutua. Pero esto no significa que la empresa sea libre. Porque si se demuestra que no puso los medios adecuados para evitar esa enfermedad, se puede imponer un recargo de prestaciones, lo que significa que la empresa pagará un 30%-50% más del coste de todas las prestaciones que recibas.

Piensa en alguien que se queda sordo por trabajar toda su vida en una cadena de montaje sin protección auditiva. O quien sufre una lesión pulmonar crónica por respirar polvo tóxico en una obra sin mascarilla. O quien acaba con depresión por acoso laboral consentido por sus superiores. Todos esos casos pueden suponer un recargo por falta de medidas preventivas.

Tipos de incapacidad que pueden derivarse

Cuando una enfermedad profesional te impide trabajar, se abren distintos escenarios:

MAXIMIZAMOS - Tipos de incapacidad por enfermedad profesional
  • Incapacidad permanente parcial: sigues trabajando, pero con limitaciones. Por ejemplo, pierdes movilidad en una mano y ya no puedes realizar ciertas tareas.
  • Incapacidad permanente total: no puedes seguir trabajando en tu profesión habitual, pero podrías hacerlo en otra. Ejemplo: un pintor que desarrolla alergia crónica a los disolventes.
  • Incapacidad permanente absoluta: no puedes trabajar en ningún empleo.
  • Gran invalidez: necesitas ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria.

En todos estos casos, la mutua te paga una pensión, y si hubo negligencia, el recargo cae sobre la empresa. La cuantía dependerá de la base reguladora de tu salario. Y, por supuesto, si se determina que la enfermedad está causada por tu trabajo, no tienes que asumir los costes ni el deterioro como si fuera «culpa tuya».

Ejemplos reales que no verás en el parte médico

No siempre hay que estar en una fábrica de productos tóxicos para acabar enfermo por trabajar. Una administrativa puede acabar con tendinitis crónica en ambas manos por mecanografiar durante 20 años, sin reposamuñecas ni descansos. Un cajero puede desarrollar trastornos de ansiedad por la presión diaria, insultos de clientes y horarios abusivos. Un conductor de autobús puede sufrir daños vertebrales irreversibles por jornadas eternas sin pausas.

Nadie te lo contará, pero la mayoría de las enfermedades profesionales no se reconocen porque los trabajadores no saben que pueden reclamar. O porque, cuando lo intentan, la mutua dice que no es para tanto. O que fue por tu culpa, por tu edad, o por fumar. Y mientras tanto, tu salud se va. Pero el empresario duerme tranquilo porque “desconocen” los daños derivados del trabajo o porque dice que tu lesión, padecimiento o enfermedad no entra dentro del grupo de las enfermedades profesionales (a su criterio, convenientemente).

¿Si no te reconocen la enfermedad profesional?

Puedes pelearlo. Puedes impugnar el alta médica. Puedes reclamar ante el INSS, recurrir y si hace falta, ir a juicio. Y mientras el proceso esté en marcha, no vuelves al trabajo. Porque si estás enfermo por culpa de tu empleo, no vas a regalarles también tu recuperación.

En MAXIMIZAMOS llevamos años luchando contra mutuas y empresas que se lavan las manos. Porque hay algo que sí sabemos con certeza: cuando tu salud está en juego, no puedes permitirte mirar hacia otro lado. Y si no lo hacen ellos, lo haremos nosotros contigo.

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