A todos nos ha pasado. Te llaman para trabajar y te dicen: «hay un periodo de prueba de un mes». Lo aceptas sin más, como si fuera una norma inquebrantable, como si viniera en la Constitución. Pero lo que nunca te dicen es que, el periodo de prueba no es obligatorio. Solo existe si se pacta expresamente en el contrato. Y si no aparece en ninguna parte firmada, no hay periodo de prueba que valga.
Es decir: si tu contrato no lo menciona, el empresario no puede despedirte sin causa amparándose en un periodo de prueba inexistente. Pero, claro, eso nadie te lo explica. Y muchos trabajadores asumen que siempre hay uno, como si viniera con el pack de bienvenida.
¿Cuánto pueden durar los periodos de prueba?
El Estatuto de los Trabajadores fija unos límites máximos que no se pueden superar, salvo que el convenio colectivo diga otra cosa (y si lo dice, solo puede reducir, nunca ampliar):
- 6 meses para técnicos titulados.
- 2 meses para el resto de trabajadores.
- En empresas de menos de 25 trabajadores, puede llegar a 3 meses.
Ahora bien, si tú firmas un contrato de dos meses en hostelería y te dicen que tu periodo de prueba también es de dos meses… eso es una trampa. Porque en la práctica te están diciendo: “te contrato para el verano, pero puedo echarte cualquier día sin explicaciones”. Y si tú un día te plantas, te vas, y encuentras un curro mejor, te puedes ir al instante sin avisar. Y legalmente, no pueden descontarte nada por falta de preaviso. Porque durante el periodo de prueba ambas partes pueden romper el contrato sin dar explicaciones y sin penalización.
Sí, así como suena: el empresario piensa que tiene un salvoconducto para despedirte cuando quiera, pero no se da cuenta de que tú también lo tienes para abandonar el trabajo de un día para otro y sin explicaciones, siendo una baja voluntaria en periodo de prueba. Y mejor no veas la cara que se le queda cuando lo haces.

¿Qué derechos tienes si te echan en pleno periodo de prueba?
Mucha gente piensa que si te echan en periodo de prueba te quedas sin nada. Falso. Sí se paga.
Si te despiden durante el periodo de prueba (y estaba bien pactado en el contrato), sigues teniendo derecho a lo siguiente:
- Finiquito por los días trabajados.
- Vacaciones generadas no disfrutadas.
- Parte proporcional de pagas extra si no están prorrateadas.
- Derecho a paro, si cumples con el mínimo de cotización (360 días en los últimos 6 años).
Lo único que no tendrás es una indemnización por despido, porque legalmente no se considera despido, sino «extinción durante periodo de prueba».
Ahora bien, si el despido se produce por motivos discriminatorios o vulnerando derechos fundamentales (embarazo, orientación sexual, sindicalismo, etc.), el despido sigue siendo nulo, aunque estés en periodo de prueba. Porque la protección de tus derechos fundamentales está por encima de dicho periodo.
¿Y si estás de baja? El truco legal del tiempo congelado
Esto es clave: el periodo de prueba se interrumpe si caes en incapacidad temporal. Pongamos que, pactaste 30 días de prueba y a los 10 días caes de baja. Estás dos meses de baja y luego vuelves al trabajo. Pues no te queda un día de prueba. Te quedan 20.
Esto se aplica también a la maternidad, paternidad, adopciones, riesgo durante embarazo o lactancia… En resumen: si tu contrato pone una duración de prueba y hay un parón justificado, ese tiempo no cuenta. El contador se detiene y se reanuda cuando vuelves.
Ejemplos reales: la cara (y la cruz) del periodo de prueba
- Una chica empieza a trabajar en una tienda de ropa. A los 20 días encuentra un trabajo mejor pagado en otra empresa y se va. El jefe le dice que tiene que dar 15 días de preaviso. Ella no da ninguno. Resultado: legalmente no le pueden descontar ni un euro.
- Un camarero firma un contrato por tres meses. Le ponen periodo de prueba de tres meses también. A los 70 días lo echan sin explicación. ¿Legal? No. Porque en ese tipo de contrato el periodo de prueba no puede ser igual al tiempo total del contrato.
- Una auxiliar administrativa está embarazada y no lo había comunicado. A los 10 días de empezar la echan. En el juicio se demuestra que su embarazo era conocido por el jefe. Resultado: despido nulo y readmisión.
- Un joven empieza en una carpintería. Firma contrato sin leer y no aparece cláusula de periodo de prueba. A los 10 días lo echan por «no adaptarse». Lo impugna. En el juicio gana: como no había periodo de prueba pactado por escrito, el despido es improcedente.

¿Cómo puede aprovechar el trabajador el periodo de prueba contrato?
Aquí viene la parte que casi nunca se cuenta: el periodo de prueba no es solo un cheque en blanco para el empresario. También puede ser una herramienta muy poderosa si sabes usarla como trabajador. Especialmente, en sectores como la hostelería, donde abunda el abuso, la temporalidad y la improvisación.
Pongamos el típico ejemplo: te contratan en un chiringuito durante dos meses y te dicen que tienes un periodo de prueba de dos meses. Es decir, todo tu contrato es teóricamente de prueba. El empresario cree que eso le da poder absoluto para despedirte sin coste en cualquier momento, sin preaviso, sin explicaciones. Y lo cree tan firmemente que ni se plantea que eso puede volverse en su contra.
Porque si durante ese supuesto periodo tú encuentras otro trabajo mejor, te puedes ir esa misma tarde. Sin avisar. Sin justificar nada. Y sin que te puedan descontar un solo euro del finiquito. Es completamente legal. Porque el periodo de prueba, si está bien pactado, permite romper la relación sin penalización para ambas partes.
El empresario, en su ingenuidad, usa este periodo como una amenaza: «no te quejes mucho, que estás en prueba». Pero no entiende que eso también significa que tú puedes irte en cualquier momento, sin dejarle tiempo para cubrir el puesto. Firmó, fue su jugada. Y ahora se la come.
En la práctica, el periodo de prueba no es una garantía solo para el jefe. Es también una vía de escape para el trabajador. Si ves que la empresa es un infierno, si te tratan mal, si te ponen tareas que no son tuyas, si el horario no es el que acordaste, puedes marcharte cuando quieras. Y no estás haciendo nada ilegal. Al revés: estás usando la herramienta que el propio empresario quiso imponer.
En resumen: el periodo de prueba ni es obligatorio ni es unilateral
Es un pacto. Un acuerdo. Una cláusula que solo tiene validez si ambas partes lo firman. Y como todo pacto, funciona en las dos direcciones. Sirve para que te prueben, sí. Pero también para que tú pruebes. Y si no te gusta el ambiente, las condiciones o el trato, puedes irte sin que te aten las manos.
La realidad es que muchos empresarios abusan de esta figura. Pero lo hacen mal. La redactan mal, la aplican mal y la entienden peor. Y cuando el trabajador decide usarla a su favor, se rasgan las vestiduras.
En MAXIMIZAMOS no vendemos humo: te explicamos la verdad. Y la verdad es que el periodo de prueba puede protegerte… si sabes cómo usarlo. Y puede jugar a tu favor, si te hartas antes que ellos. Si necesitas de nuestra asesoría contáctanos para ayudarte.